domingo, 18 de marzo de 2012

Reforma Laboral 2012: los porqués de una huelga general.


¿Cuáles son las principales razones para que la última Reforma Laboral sea merecedora de una huelga general? Por lo que se puede leer en el decreto correspondiente, se diría que hay bastantes:

Abaratamiento y facilidad para el despido:
Lo que básicamente todo el mundo sabe es que despedir a un trabajador será más barato y más fácil aún que con la reforma del gobierno anterior (a pesar de todo lo que dijo el PP entonces). Pero ¿Hasta qué punto cambia la situación? Si leemos con rigor la norma, las cosas empeoran más de lo que parece para el trabajador.
  • En principio, lo más visible es que la indemnización máxima (cuando el despido es improcedente) pasa de 45 a 33 días por año trabajado y el máximo que se puede cobrar pasa de 42 a 24 mensualidades. Pero hay mucho más que esta rebaja.
  • Si el empresario presenta el despido como procedente, el trabajador debe ir juicio para demostrar que no lo es y así intentar cobrar esos 33 días por año. Esto ya supone un cambio importante y una ventaja para el empresario, puesto que, según la nueva redacción de la ley, el que debe aportar pruebas de la improcedencia del despido es el trabajador cuando antes era la empresa la que debía probar que el despido era procedente. Por tanto, ahora el despido será procedente salvo que el trabajador demuestre lo contrario metiéndose en juicios.
  • Además, si la sentencia es a favor del empleado (declarando el despido como improcedente) el empresario ya no está obligado a pagar los salarios correspondientes al tiempo que pasó desde la fecha del despido hasta la sentencia. En estas condiciones, la mayoría de las empresas intentarán hacer pasar todos los despidos por procedentes. Así no tienen nada que perder, ya que si el trabajador los lleva a juicio sólo pagarán los 33 días/año. Si el empleado no quiere líos y no los lleva a juicio, ni eso.
  • Pero lo triste es que incluso este despido rebajado de 33 días va a ser difícil de conseguir porque se va a generalizar la aplicación del llamado despido objetivo, que tiene una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 meses. Para conseguir esto, el empresario ahora sólo necesitará decir que hay causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Si opta por decir que las causas son económicas no es necesario tener pérdidas en la empresa, basta con ajustar la contabilidad para decir que se prevén pérdidas en el futuro o que hay un descenso de ingresos durante los últimos 3 trimestres (lo que no implica necesariamente que haya  ni pérdidas ni un descenso de ganancias). Si las causas alegadas son técnicas, organizativas o de producción basta con cualquier cambio en la maquinaria, el sistema de trabajo o la demanda de los productos o servicios que ofrece la empresa. Más fácil no se lo pueden poner para que sea este despido baratísimo la modalidad generalizada.
  • El despido objetivo de 20 días con un máximo de 12 meses puede usarse también para un despido colectivo o cualquier tipo de ERE, alegando las causas técnicas, organizativas, de producción o de bajada de ventas que se comentan en el punto anterior. Como vemos, será facilísimo poner cualquier disculpa para despedir a todos los empleados que el empresario desee. Pero es que además, no será necesario que el ERE sea autorizado por la autoridad laboral, basta con comunicárselo a los trabajadores. Es decir, se supondrá de mano que las causas que aduce el empresario son válidas. Serán los trabajadores los que deberán llevar a juicio a la empresa si no están de acuerdo.
  • Todo lo dicho sobre el despido objetivo será válido también para el personal laboral del sector público. De hecho pretende ser utilizado para el famoso "redimensionamiento" del sector público que pregona el gobierno.
  • Además, ahora se podrá despedir a cualquier trabajador que falte al trabajo 9 días en 2 meses o a aquel que falte 21 días en 4 meses de un año. Da igual que sean bajas justificadas por un médico, que si esas bajas son de menos de 20 días consecutivos pueden ser causa de despido objetivo (20 días/año con un máximo de 12 mensualidades). Da igual que la empresa no se haya visto perjudicada por la ausencia o que no esté pasando una mala situación económica, basta con que te pongas enfermo para que encima al empresario le salga más barato despedirte.
  • Otra de los cambios más escandalosos es que el despido libre y gratuito será posible en las empresas pequeñas durante el primer año. Y lo será gracias al nuevo tipo de contratos creado para las empresas de menos de 50 trabajadores (la mayoría en España). Cualquier trabajador que firme un contrato supuestamente indefinido en una pequeña empresa tendrá un periodo de prueba de un año. Esto significa que durante ese año o justo al acabar el mismo el despido será totalmente gratuito y sin necesidad de justificación alguna.
Empeoramiento generalizado de sueldos y condiciones de trabajo:
Por lo que se puede extraer del texto del decreto, no hay duda de que las condiciones de trabajo y los sueldos irán a peor. Pero ¿Cómo conseguirá esto la reforma? Pues acabando prácticamente con los convenios colectivos, que son los que venían fijando unas condiciones y sueldos mínimos. Ahora se dará libertad al empresario para fijar las condiciones y, lo que es peor, para cambiarlas cuando desee. Veamos:
  • Se dará prioridad total a los convenios de empresa sobre los convenios de sector. Estos convenios ya tenían prioridad gracias a la reforma de junio de 2011 (aprobada por el partido que dice llamarse socialista y obrero) sólo que ahora los convenios sectoriales no podrán fijar excepciones. Esto quiere decir que en cualquier empresa el dueño podrá sentarse con los trabajadores a fijar las condiciones de trabajo o sueldos mínimos y crear su propio convenio. Da igual lo que diga el convenio colectivo del sector. Imagínense qué poder de negociación tienen la mayoría de trabajadores de este país, que trabajan para empresas pequeñas y medianas y además ahora pueden ser despedidos por un precio módico: "o firmas esto o... ya sabes lo que te queda".
  • Cualquier convenio colectivo caducado no seguirá en vigor si a los 2 años no se llegó a un nuevo acuerdo. Esto significa que las condiciones mínimas para los empleados serán las del Estatuto de los Trabajadores: 650 €/mes, 40 horas semanales, 30 días naturales de vacaciones, 1,5 días de descanso semanales, etc. ¿Les parece a partir de ahora que la patronal va a poner mucho empeño en negociar con los sindicatos para firmar nuevos convenios? No lo creo.
  • Por si esto fuera poco, la empresa podrá saltarse el convenio (ya sea de sector o de empresa) e incluso podrá incumplir el contrato de trabajo o cualquier acuerdo posterior con el trabajador. Esto significa que el empresario podrá cambiar cualquier condición de trabajo del empleado, incluyendo el sueldo. Únicamente tendrá que aportar alguna razón económica, técnica, organizativa o de producción. Es decir: cualquier excusa valdrá. ¿Qué puede hacer el empleado?: aceptarlo o irse a la calle cobrando 20 días por año trabajado con un máximo de 9 mensualidades. Como siempre, se presupondrá que la empresa es la que hace las cosas bien, así que si el trabajador considera que sufre un abuso deberá ser él quien lo denuncie y aporte las pruebas de que el empresario da razones falsas.
  • El punto anterior es válido también para un grupo de trabajadores o para la empresa completa. Por tanto, el empresario podrá saltarse el convenio o incumplir los contratos con toda la plantilla si lo desea.
  • Por si faltaban medios para saltarse los acuerdos, la reforma también plantea la posibilidad de que el empresario proponga a los representantes de los trabajadores de la empresa no aplicar el convenio correspondiente  alegando causas económicas, técnicas, orgenizativas o de producción. ¿Qué creen que sucederá en esa negociación en las empresas pequeñas, cuando la mayoría ni siquiera tienen representación de los trabajadores? Pues que se dirá amén a lo que diga el jefe. Además, teniendo en cuenta todo el poder dado al empresario en los dos puntos anteriores no les hubiera hecho falta plantear esto.
  • Aparte de todo lo anterior, se incluye también la posibilidad de firmar contratos de formación y aprendizaje hasta los 30 años, teniendo estos como retribución mínima el salario mínimo interprofesional. Estos contratos podrán encadenarse indefinidamente (hasta los 30 años) sólo con decir que en la empresa te están formando para una actividad diferente.
Medidas perjudiciales para los parados:
Existen otras medidas que suponen recortes de derechos para los trabajadores pero, para no alargar en exceso el análisis destacaremos otras que llaman la atención por sus efectos negativos sobre aquellos que buscan un empleo:
  • El contrato creado para las pequeñas empresas (aquel que decíamos que permitía el despido libre el primer año) permite al trabajador cobrar el 25% de la prestación por desempleo. O, lo que es lo mismo, permite que el empresario pague el 75% de lo que quiere que cobre el empleado y este complete el sueldo con la prestación. Por si esto fuese poco, cuando se contrata a una persona que está cobrando prestación, la empresa puede deducirse de sus impuestos durante el primer año el 50% de lo que estaba cobrando el parado. Todos estos regalos al empresario servirán para que se contrate primero al parado que menos lo necesita: el que aún tiene prestación por desempleo. Aquellos que no tengan ni trabajo ni prestación difícilmente serán contratados por pequeñas empresas.
  • Los parados que están cobrando prestación podrán ser requeridos para realizar trabajos para la comunidad, perdiendo el derecho a la prestación por desempleo si no aceptan. Esta medida increíble fuerza al parado a trabajar gratis y a la vez elimina la posibilidad de cubrir esos puestos con trabajadores no esclavos.
  • Las Empresas de Trabajo Temporal pasarán a trabajar también como agencias privadas de colocación colaborando con el servicio público de empleo. Por tanto, rechazar 3 empleos propuestos por una ETT también será  razón para que te quiten la prestación. 
Resumiendo, esta es una reforma que servirá para bajar sueldos, empeorar condiciones de trabajo, facilitar el despido, restar derechos a trabajadores y parados y aumentar el número de contratos basura. Todos estos regalos a la patronal intentan justificarlos desde el gobierno afirmando que crearán empleo a largo plazo. Lo cual es una gran mentira, puesto que los empresarios contratan sólo cuando lo necesitan (al margen de reformas laborales). El problema es que las empresas sólo necesitan nuevos trabajadores si venden más. Por el contrario, con esta reforma, como los sueldos tenderán a bajar el consumo descenderá más aún que ahora. Al final, el efecto real de la reforma laboral sobre el número de parados será el contrario al que nos dice el gobierno del PP, y lo saben.